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El caso se remonta a 2007 a raíz de la expropiación de varios
proyectos en los campos de Cerro Negro y La Ceiba, en el marco de la nacionalización
petrolera aplicada por el Gobierno de Hugo Chávez, y que fue recurrida por
ExxonMobil en distintas instancias.
El caso fue llevado al Centro Internacional de Arreglo de
Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI), el tribunal de disputas del Banco
Mundial, que ordenó a Venezuela a compensar a ExxonMobil con la cantidad de 188
millones de dólares, después de revisarla a la baja desde la cifra inicial de
1.600 millones de dólares.
Un tribunal del distrito de Nueva York que vio el caso
decidió en 2015 apoyar a ExxonMobil para que Venezuela honrara ese arbitraje y,
en caso de negarse, se diera la luz verde para la incautación de activos de
Venezuela en Estados Unidos.
Pero, después del recurso posterior, el Tribunal de
Apelaciones del Segundo Circuito de Estados Unidos rechazó hoy esa decisión, y
dijo que ExxonMobil debe ampararse en una legislación específica para tramitar
su compensación.
Esa legislación debe ser la Ley de Inmunidad Soberana Extranjera (FSIA, por
su sigla en inglés), donde el tribunal de apelaciones recuerda que
"dictamina todos los aspectos de esta acción", según la sentencia
aprobada hoy, de 61 páginas.
El tribunal, con los votos favorables de tres magistrados y
uno en contra, deja claro que las cantidades fijadas en el arbitrio fijado por la CIADI deben ser reclamadas
exclusivamente con los parámetros fijados en la FSIA.
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