Fuente: El Impulso |
Según ratificó la Sala Constitucional
del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ)
el pasado 21 de octubre todos los partidos políticos nacionales que no
se presentaron a las elecciones parlamentarias del 6 de diciembre de 2015 o a
las elecciones presidenciales de 2013, o que habiendo participado en los
últimos comicios parlamentarios no lograron obtener 1% de los votos lista,
tendrán seis meses para cumplir con los requisitos del Consejo Nacional
Electoral (CNE) para no ser ilegalizados, perdiendo la oportunidad de solicitar
al organismo comicial la realización de elecciones primarias y mucho menos
postular candidatos para los próximos comicios.
Este proceso de renovación es consecuencia de la sentencia
Nº1 de la Sala
Constitucional del TSJ del 5 de enero de 2016 en la cual se
ordenó al CNE que regulara la verificación de la nómina de inscritos de las
organizaciones con fines políticos, “implementando mecanismos de seguridad
electrónica e informática sobre la verificación de manifestaciones de voluntad”
de los inscritos en los partidos políticos.
Según la interpretación de los magistrados, solo existe
renovación automática de la inscripción de un partido político si la
organización logró obtener el 1% de los votos válidos emitidos el 6 de
diciembre de 2015 en por lo menos 12 de los estados.
Los únicos partidos políticos nacionales que cumplieron con
este supuesto fueron la MUD
y el Partido Socialista Unido de Venezuela (Psuv). No obstante, distintos
integrantes del oficialismo –el último de ellos el gobernador del estado
Carabobo Francisco Ameliach– han solicitado al máximo tribunal la anulación de la MUD como organización
política. Si los 18 partidos nacionales que integran a la alianza de la
oposición (Primero Justicia, Voluntad Popular, AD, Un Nuevo Tiempo, etc) no
logran relegitimarse y la MUD
es ilegalizada, la oposición no tendría representación política reconocida por
el CNE que pueda postular candidatos en los comicios previstos para 2017, ni
presentar exigencias políticas, ni técnicas.
Deben
recogerse firmas
El procedimiento para que se realice la renovación de la
nómina de inscritos de los partidos políticos está establecido en las “Normas
para la renovación de nóminas de inscritos de las organizaciones con fines
políticos”. Este reglamento, que consta de 16 artículos, no define
taxativamente los lugares en que los partidos políticos deberán realizar la
recolección de manifestaciones de voluntad. No obstante, según fuentes
asociadas a la presidencia del CNE, este tipo de precisión se tendrá después de
que las organizaciones políticas presenten el listado de las 12 entidades en
las que renovarán su nómina de inscritos.
El proceso para que el organismo comicial vuelva a reconocer
como partidos políticos a las organizaciones que integran a la MUD, así como a los partidos
del Gran Polo, comenzó en el mes de marzo, con la petición que entregaron los
responsables de estas organizaciones ante el Poder Electoral solicitando la
renovación de su su nómina de inscritos. A partir de este momento el TSJ
paralizó el proceso, que reanudó el pasado 21 de octubre.
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