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Una de las
especificaciones previas al reinicio de estas pujas ya fue estipulada
en el artículo 28 de la normativa, la cual indica que el tipo de
cambio de referencia “aplicará para todas aquellas operaciones de
liquidación de monedas extranjeras del sector público y privado”.
Tras la publicación
del Convenio, los sectores empresariales y comerciales consideran que
la viabilidad de este esquema dependerá de la confianza de los
inversionistas, quienes potencialmente aportarán las divisas al
sistema.
La presidenta del
Consejo Nacional del Comercio y los Servicio (Consecomercio), María
Carolina Uzcátegui expresó que actualmente, el Gobierno “apuesta
a esta modalidad. Todo depende de la confianza” y de las
condiciones para la inversión extranjera, es positiva la eliminación
del dólar Dipro, que realmente causaba una distorsión”.
Agrega que aunque la
reglamentación “pareciera ser abierta a los privados y de fácil
acceso a quienes decidan ofertar, el detalle significativo es que
para este fin, se cuenta con los ingresos provenientes de los
venezolanos que quieran reinsertar sus divisas al mercado nacional”,
observó.
Señaló que por las
condiciones económicas del país “el Estado no cuenta con las
divisas suficientes para abastecer las necesidades del mercado
nacional”.
Uzcátegui expresó
que la empresa privada requiere de “una fuente fluida para poder
adquirir divisas que permita reabastecer el mercado local y
reactivar la producción nacional. Se necesita producir para exportar
y generar divisas propias”.
Por su parte, el
presidente de la Federación de Artesanos, Micros, Pequeñas y
Medianas Industrias y Empresas (Fedeindustria) Orlando Camacho avaló
el nuevo sistema cambiario, y ratificó que “esperamos que el
sector productivo utilice esta medida para impulsar la economía, que
permita acceder divisas al sector privado y que éste pueda seguir
colocando productos y materias primas”.
Destacó que a
través de la Casa de Bolsa Pública Bicentenaria se podrá transar
bonos, títulos, en moneda extranjera, que “sí son reconocidos en
otros países. Creemos que es una visión avanzada para atacar los
desequilibrios económicos” aseveró Camacho.
Con el Convenio
Cambiario 39, el Banco Central de Venezuela (BCV) estableció las
normas que regulan las operaciones cambiarias al menudeo y las
operaciones cambiarias en el mercado de títulos valores con moneda
extranjera.
Convocatoria para
subasta
Como se recordará,
el BCV publicó las condiciones de la primera subasta, se establecen
como montos mínimos; para particulares, 50 euros y para personas
jurídicas 1.000 euros.
El ente emisor
resaltó lo previsto en el artículo 9 de la nueva normativa
cambiaria en la que se establece: “Las personas naturales, podrán
adquirir durante cada trimestre un monto máximo de 420 euros o su
equivalente en otra moneda extranjera y las personas jurídicas
podrán adquirir mensualmente el equivalente al 30% del ingreso bruto
promedio mensual actualizado declarado en el Impuesto Sobre La Renta
en el ejercicio fiscal inmediatamente anterior, hasta un monto máximo
equivalente de 340 mil o su equivalente en otra moneda extranjera".
La publicación de
los resultados se hará el lunes 5 de febrero, mientras que la
liquidación de las divisas se realizará un día después, precisó
el ente emisor en un documento publicado en su portal.
El nuevo Dicom,
realizará solo subastas ordinarias y no de contingencia. Las divisas
podrán ser canjeadas en las casas de cambio autorizadas en el país.

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